DOCUMENTACIÓN PARA BODAS RELIGIOSAS
Lo primero es consultar en la Iglesia o Parroquia donde queréis casaros la disponibilidad de fecha y en el caso que no sea la que os corresponde, es necesario realizar un traslado de expediente para poder iniciar el Expediente Matrimonial.
La documentación necesaria de ambos será:
Cuando ya disponéis de toda esta documentación en vuestro expediente matrimonial, dos testigos que no pueden ser familiares vuestros junto con sus DNI deben confirmar que ninguno de vosotros estáis casados, no existe impedimento para contraer matrimonio y que os presentáis libremente a casaros.
Después de celebrar la Boda, la Iglesia se encarga de inscribir vuestro matrimonio en el Registro Civil para que posteriormente os entreguen el Libro de Familia.
Importante: toda Iglesia o Parroquia os pedirá un donativo por la celebración de la Boda. Algunas lo tienen ya fijado y otras es a vuestra elección. Pero suelen estar entre los 150-300€.
DOCUMENTACIÓN PARA BODAS CIVILES
Los trámites deben iniciarse en el Registro Civil de la localidad en la que estéis empadronados. Si estáis empadronados en localidades diferentes podéis realizar el papeleo en cualquiera de los dos, vosotros elegís. Allí os facilitarán una solicitud o instancia de matrimonio que debéis rellenar y firmar ambos junto con:
No os asustéis por la cantidad de documentación a presentar, aunque sí que tenéis que tener paciencia porque cada trámite lleva su tiempo. Ante cualquier duda, preguntad siempre y que no os dé apuro, tanto en la Iglesia como en el Registro Civil están acostumbrados a explicar los trámites y documentación.
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